martes, 6 de junio de 2017

EL COBRADOR DEL FRAC CAZADO Y MULTADO





En el procedimiento sancionador PS/00163/2014, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sanciona con sendas multas de 50.000 euros a la entidad El Cobrador del Frac como gestor del cobro, y a Gestión y Recuperación M-1 como responsable de los ficheros por una infracción del artículo 9 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD), el cual garantiza “la adopción de las medidas necesarias para salvaguardar los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado”.


Pronto no podremos dar nuestros datos ni a la policia para quer nos haga el DNI


http://www.sic-consulting.es/images/cobrador.jpg 

La resolución de la Agencia de Protección de Datos, entiende que El Cobrador del Frac, colocó un cartel en el portal del acreedor al que reclamaba la deuda, en el que se desvelaba su situación de morosidad poniéndolo en conocimiento de terceras personas. Llama la atención de la sanción, que el propio denunciante se desdijo de su demanda mediante un escrito, no considerando vulnerada su privacidad y honor. Sin embargo, entiende la AEPD que el «desistimiento, la renuncia o el retracto negando el afectado lo manifestado en su escrito de denuncia, resulta irrelevante a los efectos estudiados».

Resultado: Multa a El Cobrador del Frac, S.A., y a Gestión y Recuperación M-1 de 50.000 € según lo establecido en el artículo 45.4 de la Ley Orgánica de Protección de Datos por una infracción tipificada como grave.

Y luego están los de e-informa y todas las demás empresas que comercian datos al mejor postor, vendiendo datos por internet de cualquier persona autónoma o con participación de alguna empresa y no "PASA NA" por que dicen que son datos públicos, perdon mis datos personales que tenga en una empresa o como autonomo no deben considerarse público por muy Juridica que se considere la empresa, las personas no son juridicas. 

Artículo de : Tu LOPD.es

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