miércoles, 29 de enero de 2014

Una pyme paga el 25 o el 20%.........

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Los impuestos a pagar durante el primer año de negocio

Lo primero que hay que tener en cuenta para saber los impuestos que hay que pagar durante el primer año de vida de una empresa, es saber si se hará por medio de unasociedad o como autónomo. Si eres autónomo, el papeleo es mucho menos, pero no ocurre lo mismo con el tipo impositivo.

Como sabemos el tipo impositivo para las sociedades es fijo, un 25% para las pymes y un 30% de tipo general. Aunque este puede bajar al 20% por creación de empleo y mantenimiento. La elección de la forma jurídica, tiene que depender,según los expertos, en los ingresos que se pretende obtener. A partir de40.000/50.000  euros de ingresos, es conveniente constituir una sociedad. Esto es así porque en el IRPF, para unos 53.000 euros de base imponible el tipo medio a pagar es el 32%, y del 27% si no se superan los 33.000 euros.

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Una pyme paga el 25 o el 20% de sus beneficios. Si constituye una sociedad tendrá que cobrar de la misma un sueldo como administrador y director, que puede modificar para que cubra sus necesidades y que soporte un tipo impositivo bajo. Pero constituir una sociedad requiere mayores obligaciones documentales y formales.

Los que hayan iniciado una actividad  económica desde el pasado 2013, contarán connuevos beneficios fiscales, tanto si son empresas como empresarios que tributan en el IRPF. La más relevante, la reducción del 20% de los ingresos a declarar.

  • Tendrán una reducción del 20% en los ingresos a declarar por esa actividad en el IRPF durante dos años a partir de que obtenga resultados positivos en su actividad.
  • La cuantía máxima de los rendimientos netos sobre los que podrá aplicar esta reducción es de 100.000 euros anuales. Es decir, que si ingresa 100.000 euros netos (después de descontar gastos y otras deducciones), 20.000 se los llevará a casa sin pagar nada de impuestos por ellos.
  • No se podrá aplicar esta reducción en los periodos impositivos en que más del 50% de los ingresos procedan de una persona o entidad para la que el contribuyente hubiese trabajado el año anterior.
  • Así se intenta evitar beneficiar fiscalmenteel que la empresa despida al trabajador con la excusa de que lo va a contratar como autónomo.

Para las empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2013 hay un nuevo tipo impositivoreducido del 15% por los ingresos obtenidos hasta 300.000 euros; para lo que exceda de esa cifra, el tipo de gravamen es del 20%. Esta tarifa se aplicará en el primer ejercicio que obtenga beneficios y en el siguiente.

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Generalmente, el primer año de actividad de cualquier empresa, no supone beneficio alguno. En estos casos están exentos de pagar impuesto, hasta el momento en el que los haya. Para aquellos que abran una nueva empresa, será requisito indispensable no haber ejercido ninguna otra actividad el año anterior, o que de ser así la empresa no hubiera tenido beneficios.

Si quiere conocer con todo tipo de detalles y de primera mano todo lo relacionado conemprendedores y creación de empresas, puede hacerlo en la publicación oficial del BOE.

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